Permuta
La permuta, es un contrato bilateral, oneroso, que puede asumir las modalidades de conmutativo o aleatorio, por el cual ambos contratantes, como recíprocos acreedores, se obligan a entregar con transferencia de dominio uno al otro, una cosa.
Según el artículo 1602 del Código Civil., por la permuta los permutantes se obligan a transferirse recíprocamente la propiedad de bienes.